Modelo 303: declaración del IVA trimestral

El Modelo 303 es una autoliquidación imprescindible para autónomos y empresas. 

A través de este formulario, se declara el IVA repercutido y soportado, determinando si corresponde ingresar, compensar o solicitar una devolución.

En Ahedo, te ayudamos a presentarlo de forma rigurosa, sin complicaciones y con total seguridad.

¿Cómo te podemos ayudar?

¿Cuándo debe presentarse?

Deben presentarlo aquellas personas físicas que realicen actividades económicas bajo el régimen de estimación directa, así como los miembros de sociedades civiles y comunidades de bienes que tributen por IRPF, siempre que al menos el 70% de sus ingresos no estén sujetos a retención.

Se presenta trimestralmente en las fechas: 

del 1 al 20 de abril, del 1 al 20 de julio, del 1 al 20 de octubre y del 1 al 30 de enero del año siguiente.

¿Cuándo debe presentarse?

Debe presentarse en distintos escenarios:

    • Actividades económicas bajo régimen general o simplificado.

    • Inscripción en REDEME o en grupos de IVA.

    • Operaciones intracomunitarias o con inversión del sujeto pasivo.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Deben presentar el Modelo 303:

    • Autónomos y sociedades que facturan con IVA.
    • Arrendadores de inmuebles urbanos.
    • Entidades con operaciones sujetas a IVA.
    • Contribuyentes en régimen general o simplificado.
    • Inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).

La presentación puede ser mensual o trimestral, en función del volumen de operaciones.

¿Qué información recoge el Modelo 303?

Este modelo incluye:

    • Datos del contribuyente.

    • IVA devengado (ventas y servicios).

    • IVA deducible (compras e inversiones).

    • Resultado de la liquidación.

    • Método de pago y régimen fiscal aplicable.

Novedades importantes en 2024–2025

Cambios recientes que debes tener en cuenta:

 

    • Autoliquidación rectificativa: ahora es posible corregir errores sin esperar resolución administrativa
    • IVA reducido o modificado en alimentación:
      •  0 % en productos básicos (julio–septiembre 2024).
      • IVA progresivo en aceites y pastas (último trimestre 2024).
      • 4 % para aceite de oliva (a partir de enero 2025).

Ten cuidado, evita sanciones

No presentar el Modelo 303 en plazo puede conllevar sanciones económicas por parte de la Agencia Tributaria. 

Estas pueden ir desde recargos por presentación fuera de plazo sin requerimiento previo, hasta multas proporcionales al importe no declarado si se detecta alguna irregularidad.

Además, los retrasos pueden generar intereses de demora y afectar a tu historial fiscal.

Tú te ocupas de tu negocio; nosotros, de tus impuestos

¿Sabes cómo rellenar el Modelo 303? 

En Ahedo, te asesoramos para hacerlo correctamente para que tus obligaciones fiscales estén al día. 

Ya seas empresario o autónomo, declararlo correctamente es de suma importancia para evitar problemas con Hacienda. 

Con un equipo especializado a tu lado, ganarás en tranquilidad y evitarás riesgos innecesarios.