El Impuesto sobre la Renta requiere que se declaren todas las ganancias obtenidas por el declarante durante un año natural. Estas ganancias pueden ser en forma de salarios (rendimientos del trabajo) o ganancias generadas por actividades económicas (autónomos). Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta obligación no aplica a todas las personas, sino que depende de los ingresos obtenidos a lo largo del año.
¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta?
Las ganancias mencionadas anteriormente determinarán si se está obligado a presentar la declaración de impuestos. En el caso de trabajadores por cuenta propia o empleados, aquellos que hayan percibido ingresos por trabajo superiores a 22.000 € durante el año fiscal, provenientes de un único empleador, o 14.000 € si los ingresos provienen de múltiples empleadores, así como aquellos que tengan rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 €, que disfruten de la deducción por inversión en vivienda habitual o sean beneficiarios del ingreso mínimo vital, estarán obligados a presentar la declaración. Sin embargo, aquellos que no cumplan con alguno de los criterios anteriores pueden presentarla si creen que tienen derecho a un reembolso.
La campaña de la renta comienza el 11 de abril y finaliza el 30 de junio, pero los plazos de presentación varían según el canal utilizado:
- Desde el 11 de abril se puede presentar por internet, utilizando el programa Renta Web o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.
- Desde el 5 de mayo se puede presentar por teléfono, utilizando el servicio «Le llamamos», siempre que se tenga una cita previa.
- Desde el 1 de junio se podrá presentar la declaración de manera presencial en oficinas, también con cita previa.
¿Hasta cuándo se puede hacer la declaración de la renta?
El plazo de presentación termina el 30 de junio en todos los casos, excepto para aquellos que deseen domiciliar el resultado, quienes deberán hacerlo antes del 27 de junio.
Estos plazos pueden variar dependiendo del lugar de declaración, ya que las comunidades autónomas de País Vasco y Navarra cuentan con un régimen foral. En estos casos, son las autoridades fiscales locales las encargadas de organizar la campaña de la renta. Los residentes del País Vasco deben presentar su declaración entre el 17 de abril y el 30 de junio, mientras que los residentes de Navarra lo harán entre el 12 de abril y el 23 de junio.
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Principales novedades para la declaración de la renta 2023
Este año se caracteriza por algunas novedades que describiremos a continuación:
- La deducción máxima por aportación a planes de pensiones individuales disminuye de 2.000 € a 1.500 €, mientras que aumenta de 8.000 € a 8.500 € para planes de empresa.
- Las mujeres con hijos menores de tres años que no trabajen podrán acceder a una ayuda por maternidad de 100 €.
- Se ha agregado una casilla para declarar las criptomonedas, así como las ganancias o pérdidas derivadas de operaciones con ellas.
- Los beneficiarios del cheque de 200 euros para familias vulnerables deberán declararlo como ganancia patrimonial, al igual que el bono cultural para jóvenes.
- Las familias con hijos menores de tres años que necesiten utilizar servicios de guardería para conciliar su vida personal y laboral podrán deducir el 30% del gasto por este servicio.
- Ahora, las familias podrán deducir el gasto total por la adquisición de libros de texto y enseñanzas de idiomas en todos los niveles educativos. También podrán deducir el 15% de los gastos en clases de refuerzo, gastos de acceso a nuevas tecnologías y gastos de estudiantes que deban residir fuera del municipio de residencia familiar.
- Los menores de 40 años que hayan adquirido su primera vivienda habitual mediante un préstamo hipotecario a tipo variable podrán beneficiarse de una reducción de entre 100 y 150 euros en su declaración de la renta.
- En el caso de residir en zonas rurales, se añade una deducción del 15% para poblaciones con menos de 2.000 habitantes, o del 10% para poblaciones entre 2.000 y 5.000 habitantes en riesgo de despoblación.
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